Honduras, Tegucigalpa: ALERTA ROJA para los 18 departamentos de Honduras a partir de la 1:00 pm de este sábado 11 de abril del 2020, la medida fue determinada por el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager), a solicitud de la Secretaría de Salud quien determinó extender el período de cuarentena en el país.

Tal acción es adoptada conforme al establecimiento de la ampliación del toque de queda, debido al rápido contagio de COVID-19 en varios departamentos del país donde hasta ayer viernes había afectado a 392 personas de las cuales 24 lamentablemente han perdido la vida.

La ALERTA ROJA tiene como objetivo facultar al gobierno Central en la ejecución de acciones, tanto a nivel nacional como local, para la contención de la propagación del virus sobre todo en los departamentos que reportan casos positivos de esta enfermedad.

Se mantiene además la autorización a las instituciones del Sinager, para que continúen con la habilitación de áreas de alojamiento masivo para atender casos sospechosos de COVID-19, así como acciones de respuesta para el abastecimiento de insumos en la red hospitalaria y la facilitación de alimentos en los hogares más vulnerables del país.

Sinager recuerda a la población que se mantiene vigente la prohibición para la realización de eventos que impliquen la concentración de más de 50 personas, medida que aplica para los centros de trabajo públicos y privados autorizados, quienes deben operar cumpliendo con mecanismos de protección para sus empleados y clientes. 

En ese sentido se recuerda a las instituciones públicas y privadas que están obligadas a facilitar a sus empleados mascarillas, gel antibacterial, toma de temperatura, espacios para el lavado de manos con agua y jabón y otras medidas sanitizantes que impidan el contagio del Covid-19.

A la población en general se le recuerda que deben utilizar mascarillas y gel antibacterial cuando realicen acciones comerciales, ya que los supermercados, farmacias, gasolineras y bancos no deben permitir el ingreso de ciudadanos que no cumplan con las medidas de bioseguridad. El no cumplimiento o retraso en el acatamiento de lo antes dispuesto en materia de riesgos, implica responsabilidad administrativa, civil y penal para los infractores ya sean personas jurídicas o naturales.

Por Ericka

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